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Hace algunos años, la empresa Bitel ingreso al Perú adjudicándose las frecuencias libres en los 900Mhz y el estado peruano, comenzó a indemnizar a las empresas que tenían equipos que operaban en esas frecuencias. Desde ese día no me quedo muy claro el tema de las frecuencias de uso libre en el Perú, aquí dejo unos datos.

En el Perú, la administración del espectro radioeléctrico la ejerce el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Mediante Decreto Supremo N° 041-2011-PCM se crea La Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planificación y gestión del espectro radioeléctrico y las adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

El Plan Nacional de Atribución de Frecuencias completo lo puedes descargar de este link y esta actualizado hasta febrero del 2018.

Aunque es un poco tedioso leer, las frecuencias de uso libre que indica el PNAF son las que dicen Radio aficionados y/o las bandas ICM (Bandas industrial, Científico y/o Médicos o ISM por sus siglas en Ingles )y estas son:

  • 915-928 Mhz
  • 2400 – 2483.5 MHz
  • 5150-5350 Mhz
  • 5470-5850 Mhz

El MTC emitió la Resolución Ministerial N° 199-2013-MTC/03 que modifica las “Condiciones de operación de los servicios cuyos equipos utilizan las bandas 915-928 MHz, 916-928 MHz, 2400-2483.5 MHz, 5150-5250 MHz, 5250-5350 MHz, 5470-5725 MHz y 5725-5850 MHz”. Colocando topes a las potencias y condiciones en las que puedes usar esas frecuencias.

Además, esta norma precisa que no es necesario contar con asignación de espectro radioeléctrico, autorización, permiso o licencia para operar equipos utilizando la banda 916-928 MHz siempre que transmitan con una potencia no superior a cuatro vatios (4 W) o 36 dBm en antena (potencia efectiva irradiada), en espacio abierto o zonas rurales, orientados a aplicaciones de comunicación en distancias mayores a 1km. También se puede operar equipos utilizando la banda 915-928 MHz que transmitan con una potencia no superior a un vatio (1 W) 30 dBm en antena (potencia efectiva irradiada) , el cual podría utilizarse para zonas urbanas.

Las bandas ISM (Industrial, Scientific and Medical) o bandas ICM (Industrial, Científico y Médico) son bandas para uso sin licencia del espectro radioeléctrico en aplicaciones de tipo industrial, científico y médico pero no para telecomunicaciones. Según el documento regulatorio ITU Radio Regulation 5.150 las bandas ISM para la Región 2 son: 902-928 MHz (frecuencia central de 915 MHz), 2400-2500 MHz (frecuencia central de 2450 MHz), 5725-5875 MHz (frecuencia central de 5800 MHz), y 24-24.25 GHz (frecuencia central de 24.125 GHz) [12].

En el Perú se autoriza el uso de las bandas ISM para telecomunicaciones siempre y cuando se acepte la interferencia perjudicial de las aplicaciones industriales, científicas y médicas que operan en las bandas atribuidas para tales aplicaciones por el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. En ningún caso podrán causar interferencia a las aplicaciones ISM.

De las frecuencias ISM internacionales el Perú asigno a Bitel las frecuencias 900 MHz concesionada para la provincia de Lima y Callao (899-915 MHz y 944-960 MHz), y en el resto del país (902-915 MHz y 947-960 MHz), por lo que solo podremos usar las frecuencias ISM de 915 – 928 MHz

Tambien en diciembre del 2018 comenzó una iniciativa para regular las frecuencias de 2300 y 2500, que pueden afectar la cantidad de canales disponibles en la banda de 2400 MHz que utilizamos diariamente en las redes inalambricas domesticas.

Fuente: MTC